Dr. Jorge Bermúdez
Miembro de la Sociedad Latinoamericana de Medicina Legal y
Deodontología Médica e Iberoamericana de Ciencias Forenses
mailto:jbermudez@intramed.net.ar
SUMARIO: I. Introducción.- II Clasificación.- III. Valoración del daño estético. 1. Métodos. 2. Valoración patrimonial y extrapatrimonial.- IV. Metodología para la valoración del daño por cicatrices. 1. Parámetros de valoración. 2. Patrón de referencia. 3. Fórmula para la valoración del daño estético por cicatrices.- V. Ejemplos. VI. Planilla de cálculo. VII. Bibliografía.
I. INTRODUCCIÓN:
Dentro de las reparaciones por daños y perjuicios, el daño estético está adquiriendo una importancia cada vez mayor; Progresivamente se tiende a considerar la necesidad de reparar toda alteración que lo afecte, bajo el criterio del resarcimiento integral del daño.
El daño estético vulnera el derecho constitucional a la integridad personal y prefigura la necesidad de que sea indemnizado por el responsable (7)
Debe tenerse en cuenta el creciente cuidado y valorización que se da en nuestros días a los factores estéticos, dedicando tiempo y dinero al cuidado del cuerpo (14)
Para asegurar la equidad de la indemnización, se hace indispensable medir ese daño estético y saber como cuantificarlo; Tratando de disminuir en lo posible la presencia de criterios subjetivos de valoración.
Medir es una de las actividades fundamentales del médico valorador, pues tras medir es cuando se puede evaluar, calificar y dar elementos de juicio para quien tenga que tomar decisiones. El uso de un baremo es un acto de medir (21) que pretende ofrecer una solución al problema de la cuantificación económica de daños corporales, cuya reparación sin instrumentos, puede ser causa de arbitrariedades, llevando la cuantía de las indemnizaciones a variar erráticamente (20). La valuación libre sin un Baremo, puede implicar un peligroso riesgo de parcialidad (10)
La valoración del daño estético consiste en evaluar la disminución de la capacidad de atracción de la víctima, por la deformidad que sufre, sin considerar las demás repercusiones que este daño pueda tener.
Dentro de los diferentes intentos de armonización de criterios en Europa, se destacan la Resolución Nº 75 del Consejo de Europa, por ser la que en su momento aportó principios rectores en la valoración y reparación del daño corporal. Con respecto al daño estético la resolución marca que: “se trata de estudiar y evaluar la perdida de atracción puramente y no las repercusiones fisiológicas, sociales, morales y laborales, ya que estas deben ser valoradas no dentro del daño estético, sino dentro de los respectivos daños” (3)
Luego de una tendencia generalizada a incluirlo dentro del daño moral, ese criterio se ha ido modificando, teniendo en cuenta el perjuicio material que puede acarrear, representado principalmente por la afectación de la profesión, y por los gastos en tratamientos reparadores (11)
Un amplio desarrollo fue alcanzando en Italia el llamado Daño Biológico (danno a la salute) como tertium genus, una categoría propia y distinta, frente a la concepción tradicional que distinguía sólo entre daños patrimoniales y no patrimoniales, que contemplaba en las lesiones corporales sólo el daño patrimonial, compuesto por el daño emergente y el lucro cesante, y en el daño moral y pretium doloris solo lo hacia con aquellos casos en que el hecho dañoso fuera de origen delictivo.
Esta situación originaba inequidad en los casos de aquellas víctimas que, debido a su edad, estado de salud o escasa formación, eran incapaces de generar ingresos de una cierta entidad.
La necesidad de desvincular las indemnizaciones de los lucros cesantes, venía exigida por diversos principios constitucionales, como el de igualdad, el de respeto a la dignidad de la persona humana y el de protección a la salud establecido por el Art. 32 de la Constitución italiana.
Esta idea del “daño biológico” como un tercer tipo de daño, independiente del daño patrimonial y del moral, tiene eco en Portugal y España, y lo va haciendo en Alemania y Francia. (3-17)
El daño biológico (invalidez personal) excluye toda referencia a las repercuciones profesionales (invalidez profesional) que deben cuantificarse aparte (19)
Desde la perspectiva jurídica, la lesión estética se configura como un daño autónomo, que puede incidir tanto sobre el daño material, como sobre el daño moral, lo cual cabe distinguir cuidadosamente para impedir caer en una doble indemnización. (13)
Cuando la lesión estética, en virtud de su ubicación o extensión, altera la armonía del aspecto habitual que tenía la persona antes del hecho, corresponde tratarla como un tercer género, ya que en definitiva se encuadra dentro del daño directo a la persona, a sus derechos o facultades (12)
Como daño a la integridad de la persona, independiente de los daños anátomo-funcionales y psíquicos, el daño estético debe formar parte junto a aquellos, del daño biológico, que es el daño básico, de cuyo estudio, derivan todos los demás daños, tanto patrimoniales, como extrapatrimoniales, como se representa en la Tabla 1.
III. VALORACIÓN DEL DAÑO ESTÉTICO:
1. Métodos de valoración del daño estético: La metodología utilizada para la valoración del daño estético comprende tres métodos: A) Descriptivo, B) Cualitativo y C) Cuantitativo.
A) Método descriptivo: Consiste en la exposición minuciosa de las alteraciones, tanto estáticas como dinámicas, que provocan la pérdida de atracción del lesionado.
El daño estético estático, es aquel que permanece invariable, independientemente de los cambios de actitud que adopte la persona, como ocurre con las cicatrices y las discromías.
El daño estético dinámico, es apreciable en cambio con los cambios de actitud, como ocurre en una cojera.
En ocasiones ambas situaciones se combinan como una cicatriz que además altera la mímica.
B) Métodos cualitativos: Consiste en expresar el grado de daño estético mediante un calificativo. Para ello se utilizan escalas calificativas, que son tablas que constan de una serie gradual de calificativos o de situaciones.
Su uso consiste en hacer corresponder al déficit funcional ocasionado por la secuela, a un determinado adjetivo de los enumerados en la escala. Un ejemplo de escala cualitativa es la utilizada en el baremo español para accidentes de tráfico, donde la importancia del déficit se expresa con un adjetivo (ligero, moderado, medio, importante, muy importante y considerable)
C) Método Cuantitativo: Consiste en expresar por medio de un porcentaje el grado de déficit funcional del sujeto, partiendo del principio convencionalmente establecido de que la integridad estética de la persona se corresponde con el 100 %. Se basa en el empleo de los Baremos porcentuales. En la Argentina el baremo de la Ley de Riesgos de trabajo, valora en forma porcentual las cicatrices, aunque solo aquellas que asientan en cabeza y rostro (23)
2. Valoración patrimonial y extrapatrimonial del daño estético
Una vez valorado el daño estético, se evalúan las repercusiones que sobre la esfera patrimonial y la extrapatrimonial pudiera tener.
A. Valoración del daño Patrimonial: La indemnización de daños y perjuicios comprende no sólo el valor de la pérdida que haya sufrido la victima (daño emergente), sino también de la ganancia dejada de obtener (lucro cesante)
1. El daño emergente se entiende como la pérdida o disminución de bienes o intereses ocasionados por la lesión y/o secuela, actuales y futuros.
En el caso del daño estético la posibilidad de la cirugía reparadora es el daño emergente que requiere el principal análisis (6)
2. El lucro cesante o el valor de la ganancia dejada de obtener, se corresponde con la pérdida de la capacidad de ganancia o disminución de la posibilidad de realizar las actividades lucrativas a consecuencia del daño, comprende:
4 La incapacidad laboral: La relación de la actividad productiva del lesionado con su perjuicio estético permite distinguir tres supuestos: Aquellos en que la regularidad corporal es instrumento necesario para el desenvolvimiento de la actividad profesional (modelos, actores, bailarines, azafatas); Cuando es útil y altamente conveniente (profesiones de impacto social: viajantes, promotores, relaciones públicas); y los casos en que es irrelevante (18)
4 Pérdida de chance laboral: Implica la frustración de oportunidades de trabajo o de promoción que podrían presentarse con cierta previsibilidad en el futuro. La lesión estética lleva implícito siempre una pérdida de chances laborales. En el competitivo mercado laboral actual, la belleza del rostro y del cuerpo, es requisito para casi todo empleo (7-10)
B. Valoración del daño extrapatrimonial:
1. Quantum doloris: Representa el dolor físico que experimenta la víctima como consecuencia de las heridas sufridas y de los tratamientos recibidos.
2. Daño moral: constituido por los perjuicios que se refieren al patrimonio espiritual, a los bienes inmateriales de la salud, el honor, la libertad y otros análogos y que, a su vez, puede ser dividido en dos clases:
4 Según lo sufra la propia víctima, consistiendo en el grado de perturbación que en el área de los sentimientos y las emociones le provoque esa deformación.
4 Según lo sufran los parientes, derivado de graves lesiones padecidas por la víctima directa (9) Los tribunales franceses compensan de modo generalizado a las víctimas secundarias (el llamado préjudice de affection). Si bien ese daño moral a los familiares directos, se compensaba originariamente sólo en el caso de muerte, en la actualidad se ha extendido también a las lesiones corporales y se ha vuelto relativamente frecuente que se indemnice, incluso en el grado de tíos y sobrinos (17)
3. Impedimentos:
4 A la vida de relación: Se define como la pérdida o disminución de los placeres que conlleva la reducción de la realización de las actividades que practicaba el sujeto en su tiempo libre, sin considerar las demás repercusiones, económicas y no económicas, que puede tener este daño.
4 Daño Sexual: Se entiende exclusivamente como la pérdida del disfrute de la vida sexual.
IV. METODOLOGIA PARA LA VALORACION DE CICATRICES:
Se trata de valorar exclusivamente el impacto estético de la cicatriz, es decir la deformidad producida, dejando de lado las implicancias que pueda tener sobre otros daños, y que deben ser evaluadas dentro de los daños correspondientes. Se excluyen entonces, algunos parámetros que suelen incluirse en otros protocolos de valoración estética (repercusión funcional, profesión, clínica acompañante).
A) Extensión: Resulta de la longitud y el ancho de la cicatriz, y determina a que distancia es visible; Cuando la observación solo es posible a menos de 50 cm. es considerada una distancia íntima; Cuando puede ser visible a más de 3 metros, una distancia social (22)
B) Localización: Es importante describir si la zona es visible de forma permanente o no, ya que la valoración será distinta según el caso.
Si corresponde a la zona de la cara, esta ubicación es la de mayor importancia estética y la de peor aceptación psicológica por su exposición continua (8)
Dentro de la cara hay distintas zonas claramente diferenciadas respecto de la visibilidad y grado de afeamiento.
Pueden originarse también, complicaciones dependiendo de sí están ubicadas en zonas orificiales o periorificiales, con la posibilidad de producir alteraciones en la mímica.
Las manos, el cuello, y en la mujer el tercio superior del tórax y las piernas, son consideradas zonas siempre visibles; Mientras solo son ocasionalmente visibles (en la playa o con práctica de deportes) el tórax, abdomen y en el hombre las piernas; Solo son visibles en caso de desnudez las nalgas, pubis, caras internas de los muslos, y el pecho en la mujer; y zonas raramente visibles son las plantas de los pies, huecos axilares y la cabeza oculta.
C) Relación con los pliegues y arrugas: Langer (15) describe en 1861, las líneas de mínima tensión dentro la piel. Estas líneas normalmente corren perpendiculares a los ejes mayores de los músculos. Cuando una cicatriz esta situada dentro estas líneas no es sometida a la fuerza de los músculos, que pueden ensancharla. Estas líneas de mínima tensión son reconocidas fácilmente en la cara, porque con la contracción repetida de los músculos se forman las arrugas de expresión facial, tal como el surco nasolabial, las arrugas en el lateral externo del ojo y las arrugas de la frente.
Las cicatrices serán menos aparentes si se sitúan dentro o paralelas a estas líneas de tensión. También son tenidas en cuenta al momento de realizar las incisiones quirúrgicas, si se sitúan dentro o paralelas a estas líneas tendrán mejor resultado estético, se disimularan mejor en las líneas de unión de la cara que existen en la base, el ala y el borde de nariz, en la región preauricular, debajo del párpado y las pestañas en la región subciliar.
Ciertas áreas anatómicas son particularmente propensas para formar grandes cicatrices a causa de la tensión de piel, como en las zonas esternal, submandibular, clavicular, deltoidea, y pretibial, que tienen una mayor tendencia a la producción de queloides y cicatrices hipertróficas (15-16)
D) Morfología: Si bien nunca se produce una restitución “Ad Integrum”, puede considerarse a una cicatriz como normal o aceptable, cuando presenta un correcto afrontamiento de sus bordes, conformando una cicatriz lineal. El tegumento se observa plano, sin depresiones o elevaciones, no se advierten cambios significativos de coloración y no presenta adherencias, manteniendo cierta flexibilidad (7)
Sin embargo cuando esto no ocurre, se da origen a las cicatrices denominadas “viciosas”, que observan algunas de estas alteraciones:
4 Aspecto: Puede ser retráctil, cuando la pérdida de piel es extensa, y no hay un adecuado afrontamiento de bordes, entonces la piel se retrae.
También puede presentarse radiada o estrellada por la formación de fisuras; Esclerosa, adherida a planos profundos, e infinidad de otras formas anormales.
4 Superficie: Es deprimida cuando la herida destruye la capa basal de la epidermis y la parte superficial de la dermis, entonces el epitelio cicatrizal se hunde entre los bordes separados, muchas veces se torna discrómico.
Hipertrófica, por una proliferación anormal de las fibras colágenas, que no llega a sobrepasar los límites de la cicatriz. Queloide por hiperplasia del tejido conjuntivo intradérmico que sobrepasa los límites de la herida, de color rojizo, acompañada frecuentemente de prurito o dolor.
4 Coloración: Normocrómica ó discrómica (hipo o hipercrómica).
E) Factores personales:
4 Edad: Rechard (1990) en su método toma como referencia para determinar un coeficiente la edad de 18 años, por considerarlo la frontera entre el niño y el adulto. Otros autores coinciden con este concepto, basándose en que el niño en condiciones normales arrastrará el defecto durante más años. (4-10-11).
4 Sexo: En nuestra sociedad se considera aún mayor la repercusión del daño estético en la mujer (22). Sin embargo crece la tendencia a oponerse a este concepto por considerarlo discriminatorio (7)
4 Estado anterior: Se ha desarrollado hasta ahora el análisis de parámetros eminentemente objetivos que el médico valorador obtiene con el examen clínico, lo cual se condice con el enfoque que debe tener una alteración física de la forma normal, como es la presencia de una cicatriz.
Pero hay criterios subjetivos que deben ser tenidos en cuenta al momento de realizar la valoración, y que llevaron a Rechard a formularse estas preguntas:
¿Existe alguna diferencia entre la fea cicatriz del muslo de un jardinero de mediana edad, que la misma cicatriz en una bailarina joven y amateur?
¿Ese hombre, francamente “feo” debe, por una fealdad idéntica, ver evaluado su perjuicio, de diferente forma que el joven “Apolo”?
Esa mujer soltera que no quiere seguir siéndolo ¿sufrirá más sus cicatrices por quemaduras que las del viejo, que a pesar de serlo, se encuentra joven?
Estas cuestiones planteadas por el autor le hicieron llegar a considerar tres tipos de factores subjetivos:
1- Sociales y escolares, 2- Familiares y 3- Estado anterior estético y psíquico.
Cada uno de estos tres criterios es valorado por una escala de 0 a 0,7
Ejemplo: Joven, guapa, bailarina, soltera y sana (0,7 + 0,7 + 0,7)
Vagabundo, sin profesión, afectado de cicatrices anteriores (0 + 0 + 0)
Entre el 0 y el 2,1, se sitúan toda la gama de posibilidades (22)
Los dos primeros criterios del método Rechard, tienen importancia al momento del estudio de las repercusiones patrimoniales y extrapatrimoniales.
El hecho de tratarse de un vagabundo no incide en sí en el estado estético, pero evidentemente deberá ser tenido en cuenta al evaluar el lucro cesante ocasionado por cicatrices visibles, que se presenta de manera muy distinta en comparación con el que afectaría por ejemplo a un actor. Lo propio ocurrirá con el análisis de la pérdida de chance.
Los factores socio-culturales se deben evaluar dentro del daño moral y de los distintos impedimentos (Vida afectivo-familiar, Chance matrimonial, Disfrute sexual, etc.)
El estado psíquico corresponde ser valorado dentro de dicho daño.
Queda entonces el estudio del estado estético anterior, que representa un criterio de capital importancia en la valoración del daño estético, y nadie mejor que el perito médico para hacerlo, que es quien conoce los diversos trastornos que inciden en el patrimonio estético, su evolución, pronostico y posibilidad de tratamiento. No alcanza con una mirada con cierto criterio esteticista, se deben evaluar cicatrices anteriores, trastornos vasculares, lesiones tróficas y pigmentaciones anormales de la piel, alteraciones del panículo adiposo, etc.
Si bien es cierto que la cuestión del perjuicio estético cuenta con aspectos de apreciación personal y social que trascienden el ámbito estricto de la tarea del perito médico, éste por sus específicos conocimientos, debe completar en su informe una descripción detallada de los elementos que conforman el perjuicio estético, y debe rematarlo con la expresión de su concreto grado (18)
2. Patrón de referencia: La valoración médica no se limita a describir el perjuicio funcional de la víctima, sino que además lo mide y cuantifica de acuerdo con un porcentaje llamado tasa de incapacidad permanente. Para ello se dispone de baremos en donde se enumeran distintos tipos de secuelas psicofísicas, y se propone para cada una de ellas un porcentaje de valoración. Posteriormente se multiplica el valor que resulta del baremo médico por el valor monetario que se atribuye a cada centésima o punto de menoscabo.
Las tablas de valoración de incapacidades de uso habitual en Argentina que contienen una valoración para cicatrices lo hacen desde una óptica de la afectación económica del lesionado, y no desde lo estético.
Es por eso que se limitan a valorar exclusivamente las cicatrices ubicadas en la cara, ya que en otras partes del cuerpo (salvo algunas excepciones como modelos, vedette) no se les atribuye la capacidad de generar un daño económico.
Del análisis de estas tablas (2-5-23), puede obtenerse una valoración coincidente:
Cicatriz típica de 1 cm. de longitud ubicada en la cara (zona no periorificial): 1 % |
Cada punto asignado a una cicatriz por estos baremos no se distingue del punto por menoscabo psicofísico; Y se traducen monetariamente de forma equivalente. De esta forma cuando deba fijarse un monto indemnizatorio puede tenerse presente que el porcentaje del daño estético a sido estimado sobre la base de valores asimilables económicamente a los utilizados para el daño anátomo-funcional.
4. Formula para la valoración del daño por cicatrices:
Una vez evaluados todos los parámetros involucrados en el daño estético se podrán obtener tres coeficientes:
A) Coeficiente de visibilidad: Determinado por la extensión o superficie de la cicatriz (longitud x ancho), la zona de localización y su relación con los pliegues y arrugas de la piel.
B) Coeficiente morfológico: Determinado por el aspecto, la superficie y la cromía.
C) Coeficiente por las características personales: con relación a la edad, el sexo y el estado estético anterior.
Resultando la fórmula:
CARACTERISTICAS PERSONALES
A) Coeficiente de visibilidad (Tabla 2):
1. La extensión es el producto de multiplicar la longitud por el diámetro de la cicatriz.
El coeficiente de longitud, de acuerdo al patrón utilizado, será de:
4 1 x cm. los primeros 5 cm.
4 De 0.5 x cm. del 5° al 10° cm.
4 De 0.25 x cm. del 10° al 15° cm.
4 Y de 0.1 del 15° cm. en adelante
El coeficiente de ancho será de:
4 1 para una cicatriz de hasta 0.5 cm. de ancho
4 De 1.50 para una cicatriz de 0.6 a 3 cm. de ancho.
4 De 1.75 para una cicatriz de 3.1 a 5 cm. de ancho.
4 A las mayores de 5 cm. se les sumará 0.10 por cada cm.
4 Zona A: Cara región periorificial (párpados, nariz, labios): 1.50
4 Zona B: Cara región interna (frente, pómulos, mejillas, y mentón) región intima en la mujer (nalgas, pubis, cara interna de los muslos, pecho): 1.
4 Zona C : Cara región externa (sienes, maxilar inferior, cuello y tercio superior de tórax en la mujer), cabeza que no esté oculta; región intima en el hombre (nalgas, pubis, cara interna de los muslos) manos, piernas en la mujer: 0.50
4 Zonas D: región ocasionalmente visibles (brazos, pecho y piernas en el hombre, abdomen y espalda): 0.25
4 Zona E: región raramente visible (cabeza oculta por el pelo, pié, hueco axilar): 0.10.
3. Relación con los pliegues y arrugas:
4 Disimulada 0.75
4 Indiferente 1
4 Perpendicular 1.25
B) Coeficiente morfológico (Tabla 3):
5. Aspecto:
4 Típico: Coeficiente 1
6. Superficie:
4 Plana: Coeficiente 1
4 Deprimida o hipertrófica: Coeficiente 1.25
4 Queloide: Coeficiente 1.5
7. Cromia:
4 Normocrómica: Coeficiente 1
4 Discrómica (hipo o hipercrómica): Coeficiente 1.25
D) Coeficiente de características personales (Tabla 4):
1. Sexo y Edad:
4 Hasta 18: 0.75
4 19 a 45 femenino: 1
4 19 a 45 masculino: 1.2
4 46 a 65 femenino: 1.3
4 46 a 65 masculino: 1.5
4 Mayor de 65: 1.75
Estado anterior: Se propone clasificarlo en 3 grados, de acuerdo a la influencia que tenga sobre el impacto final de la deformidad. El fin de utilizar una escala gradual reducida (Bueno, Regular y Malo), es con la intención de limitar en lo posible las variaciones de criterios en un componente tan subjetivo como este.
De manera que la guapa bailarina de Rechard presentará un estado estético anterior bueno, mientras que el vagabundo afectado de cicatrices anteriores será malo.
4 Bueno: 1
4 Regular: 1.25
4 Malo: 1.50
V. EJEMPLOS DE VALORACIÓN DEL DAÑO ESTÉTICO POR CICATRICES.
EJEMPLO 1: Mujer de 67 años, por fractura de cadera, requirió reemplazo por prótesis, presenta una cicatriz en la cara lateral externa del muslo de 24 cm. de longitud y 1 cm. de ancho, recta, plana e hipocrómica.
Se observa en ambos muslos estrías violáceas; Várices dilatadas, pigmentación ocre de la piel y secuelas por antiguas úlceras.
Visibilidad: Extensión: 24 cm (5 + 2.5 +1.25 + 0.9 = 9.65 ) x 1 cm (1.25) = 14.50
x Localización: zona C (0.5) = 7.25
Morfología: 1 + aspecto normal (0) + plana (0) + hipocrómica (0.25) = 1.25
Características personales: Estado estético anterior: Malo (1.5) x edad: < 65 (1.75)
Visibilidad: 7.25 x morfología: 1.25 = 9.05 |
|
= 3.45 % |
|
Características personales: 2.625 |
|
EJEMPLO 2: Joven y bella estudiante de 16 años, soltera, su hobby es bailar salsa, presenta una cicatriz idéntica a la del ejemplo anterior, por fractura de fémur que requirió el implante de material de osteosíntesis. (El estado civil y su hobby, no deben evaluarse dentro del daño estético, sino con el daño moral y los impedimentos provocados por la cicatriz)
Fórmula: Visibilidad: Extensión: 24 cm x 1 cm = 14.50 x Localización: = 7.25
Morfología: 1 + aspecto (0) + superficie (0) + cromia (0.25): 1.25
Características: Estado estético anterior: Bueno (1) x edad: < 18 (0.75)
Visibilidad: 7.25 x morfología: 1.25 = 9.05 |
|
= 12 % |
|
Características personales: 0.75 |
|
Estos dos ejemplos resaltan la influencia de las características personales en la evaluación de lesiones similares.
EJEMPLO 3: Varón de 30 años que presenta cicatriz en la región central de la frente de 6 cm. de longitud y 1 cm de ancho, hipertrófica, hipercrómica y perpendicular a los pliegues.
Ubicación: Extensión (longitud 6 cm: 5 + 0.5 = 5.5 x ancho 1.50 cm): 8.25
x Localización: zona B (1) x relación con pliegues (1.25) = 10.3
Morfología: 1 + recta (0) + hipertrófica (0.25) + hipercrómica (0.25) = 1.5
Características: Estado anterior: Bueno (1) x edad y sexo: 19 a 45 (1.2)
Visibilidad: 6,9 x morfología: 1.5 = 15.5 |
|
= 13 % |
|
Características personales: 1.2 |
|
EJEMPLO 4: Varón de 30 años presenta cicatriz en abdomen de 18 cm. de longitud, 2,5 cm de ancho, deprimida e hipercrómica.
Ubicación: Extensión (longitud 18 cm: 5 + 2.5 +1.25 + 0.3 = 9.05 x ancho: 2.5 cm = 1.5): 13.5
X Localización: zona D (0.25) = 3.4
Morfología: 1 + aspecto normal + superficie plana + normocrómica = 1
Características: Estado estético anterior: Bueno (1) x edad y sexo: (1.2)
Visibilidad: 3,4 x morfología: 1 = 3.4 |
|
= 3 % |
|
Características personales: 1.2 |
|
Los ejemplos 3 y 4 muestran la influencia de la localización y la morfología de la cicatriz en individuos con características particulares similares.
La valoración de tantos parámetros como los implicados en una cicatriz, siempre hacen complicada y árdua la metodología. La incorporación en los últimos tiempos de programas informáticos de cálculo en la valoración del daño corporal han ayudado a simplificar de gran manera la tarea. Para la presente metodología se ha diseñado una planilla de cálculo basada en el programa Microsoft Excel, de manejo muy simple (1) Que se enviará a quien la solicite a mailto:jbermudez@intramed.net.ar
1. Bermúdez J. Valoración del daño estético por cicatrices. Primeras Jornadas Iberoamericanas de Ciencias Forenses. Madrid, junio de 2001. Available from: URL: http://www.la-plaza.com/vdc/revisiones
2. Bonnet E F 1980. Medicina legal, vol. I, 2° ed. López Libreros Editores, Buenos Aires.
3. Criado del Río M T (1994) Valoración médico-legal del daño a la persona por responsabilidad civil. Fund. Mapfre Medicina, Madrid.
4. Fernandes, R, Hinojal Fonseca, R. 1999. "la valoración del perjuicio estético en un sentido más objetivo". Cuadernos de valoración, 9:40.
5. Flaherty, J., Patitó J., Tognacciolo, O. 1966. “Alteraciones cicatrizales del rostro”, La prensa médica. Argentina.Bs. As.
6. Gisbert Calabuig J A 1998. Medicina legal y toxicologia, 5° ed. Gisbert Calabuig J A (ed.) Salvat Editores, Barcelona. Pp 463-4
7. Grandov, B. Carrillo Bascary, M. 2000 “Cicatrices, daño estético y el derecho a la integridad física”. Ed. FAS. Rosario
8. Hernández Cueto C 1996. Valoración médica del daño corporal. Ed. Masson. Barcelona, pp.: 60-70.
9. Herrera Rueda. A. Abril 1.997. “Valoración del Daño moral”. Cuad. Med. For. Nº 8– pp 83-86 Madrid.
10. Iorio M. 1998 Dec. “Problemai estetici nella chirurgia dei genitali maschili. Aspetti medico-legali”. Archivio Italiano di urologia.;70(5):263-6
11. J. Alonso Santos. Octubre 1.998 La valoración del perjuicio estético. III Jornadas Andaluzas sobre Valoración del daño corporal. Sevilla, Cuad. Med. For. Nº 14 .Pp 7-20
12. Juez Pascual L. Sentencia: Marzo 04, 1994. Jurisprudencia de la Pcia. Buenos Aires.
13. Juez Perez Crocco. Sentencia: Mayo 12, 1992 Jurisprudencia de la Pcia. de Buenos Aires.
14. Juez Rezzónico, J. C. Sentencia: Nov. 21, 1991. Jurisprudencia de la Pcia. de Buenos Aires.
15. Langer, K. 1978 “On the anatomy and physiology of the skin. Skin tension” J. Plast. Surg.
16. Mackay, G. Carlson G. Wood R.. Bostwick J. 1997 “Plastic and maxillofacial surgery”; En Sabiston: Textbook of Surgery, 15th ed., W. B. Saunders Company
18. Medina Crespo, M. mayo de 2001. El resarcimiento del perjuicio estético. consideraciones doctrinales y legales. II Congreso Nacional de Responsabilidad Civil y Seguro. Córdoba. España.
19. Mélennec L. 1991. Valoración de las discapacidades y del daño corporal. Ed. Masson. Paris.
20. Pintos Ager, J. (2000). Baremos, seguros y Derecho de daños. Cívitas. Madrid.
22. Rodriguez, I, Hinojal Fonseca, R. Nov., 1998. "la valoración del perjuicio estético en un sentido más objetivo", 2° Congreso Hispano-Luso de Valoración del daño corporal, Madrid.
23. Rubinstein S 1996. Tabla de evaluación de las incapacidades laborales. 3° ed. Ed. Depalma. Bs As, p 361.
Tabla I volver
DAÑO
BIOLÓGICO |
DAÑO ANÁTOMO- FUNCIONAL |
PARCIAL O TOTAL |
TEMPORAL O PERMANENTE |
DAÑO PSÍQUICO |
|||
DAÑO ESTÉTICO |
DAÑOS PATRIMONIALES |
DAÑO EMERGENTE |
GASTOS MÉDICOS |
ACTUALES Y FUTUROS |
||
OTROS GASTOS |
|||||
LUCRO CESANTE |
ACTUAL |
INCAPACIDAD LABORAL |
|||
FUTURO |
PÉRDIDA DE CHANCE |
||||
DAÑOS EXTRA- PATRIMONIALES |
QUANTUM DOLORIS |
||||
DAÑO MORAL |
DE LA VÍCTIMA |
||||
DE LOS FAMILIARES |
|||||
IMPEDIMENTOS |
VIDA AFECTIVO-FAMILIAR |
||||
CHANCE MATRIMONIAL |
|||||
DISFRUTE SEXUAL |
|||||
VIDA ESCOLAR Y DE FORMACIÓN |
|||||
VIDA COTIDIANA |
|||||
OTROS IMPEDIMENTOS |
|||||
Tabla II volver
VISIBILIDAD |
|||
PARÁMETROS |
CARACTERÍSTICAS |
COEFICIENTES |
|
EXTENSIÓN |
LONGITUD |
< 5 CM. |
1 X CM. |
5 A 10 CM. |
0,50 X CM. |
||
10 A 15 CM. |
0,25 X CM. |
||
> 15 CM. |
0,10 X CM. |
||
ANCHO |
HASTA 0.5 CM. |
1 |
|
HASTA 3 CM. |
1.5 |
||
HASTA 5 CM. |
1.75 |
||
> 5 CM. |
1.75 + 0.10 X CM |
||
|
ZONA A |
1,5 |
|
ZONA B |
1 |
||
ZONA C |
0,5 |
||
ZONA D |
0,25 |
||
ZONA E |
0,10 |
||
INDIFERENTE |
1 |
||
DISIMULADA POR LA ARRUGA |
0,75 |
||
PERPENDICULAR A LA ARRUGA |
1,25 |
Tabla III volver
MORFOLOGIA |
|||
PARÁMETROS |
CARACTERÍSTICAS |
COEFICIENTES |
|
(1 +) |
ASPECTO |
NORMAL |
0 |
ANORMAL |
0,25 |
||
SUPERFICIE |
PLANA |
0 |
|
NO PLANA |
0,25 |
||
QUELOIDE |
0,5 |
||
CROMIA |
NORMAL |
0 |
|
ANORMAL |
0,25 |
Tabla IV volver
CARACTERÍSTICAS PERSONALES |
||
PARÁMETROS |
CARACTERÍSTICAS |
COEFICIENTES |
EDAD Y SEXO |
HASTA 18 |
0,75 |
19 A 45 FEMENINO |
1 |
|
19 A 45 MASCULINO |
1,2 |
|
46 A 65 FEMENINO |
1,3 |
|
46 A 65 MASCULINO |
1,5 |
|
MAYOR DE 65 |
1,75 |
|
ESTADO ESTÉTICO ANTERIOR |
BUENO |
1 |
REGULAR |
1,25 |
|
MALO |
1,5 |