Metodología para la valoración de la incapacidad laboral: acercamiento ergonómico . III parte M. R. Jouvencel
Dado el carácter marcadamente profesional de la incapacidad que se está estudiando, es obvio que ha de condicionarse en todo momento al tipo de trabajo que hubiera de realizar el operario. En realidad la gestión ergonómica del problema que ahora se discute dio comienzo en el enunciado anterior (cuestión laboral), pues ergonomía y trabajo son algo indisoluble, aunque bajo los términos de unas exigencias de adecuación al sistema-proceso de trabajo, en íntima relación con la tarea, al margen de la existencia de cualquier menoscabo órgano-funcional.
Tanto es así que se pudo acudir a otro planteamiento, de acuerdo con el siguiente esquema:
No obstante, la inclinación hacia el orden propuesto inicialmente, se quiere justificar en el especial énfasis con que se ha de aplicar el “hacer ergonómico” en este campo (*), incidiendo de forma directa en el fondo que preside este desarrollo (la incapacidad para el trabajo), siempre en materia de hechos.
Se pretende ahora analizar la posible inadecuación ante el caso problema, en concreto las repercusiones que el hecho clínico pueda acarrear laboralmente, indagando sobre unos niveles de respuesta, conjugando los simultáneamente los parámetros lesión–actividad, en su acción e interacción en el proceso de trabajo. Por lo tanto, ha de quedar claro, por eso se vuelve a repetir, que si en la cuestión laboral se trató de conocer la importancia de la función perturbada (al margen de cualquier patología, esto es, en su integridad) para la ejecución del trabajo (análisis de la función trabajo) , en este nuevo apartado pretende averiguar el nivel de respuesta del sujeto en el desarrollo de la actividad que se cuestione, en atención a su lesión y merma funcional, o secuelas que traducen una capacidad residual.
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En último término, son los desajustes que pueden surgir de la relación lesión-tarea (“patoergonomía”), si se permite la introducción del término), los que han de remitir necesariamente a un disturbio del sistema-proceso de trabajo, cuyo estudio y valoración han de discurrir indefectiblemente por el cauce que responde a este epígrafe.
Hay situaciones en que la falta de acomodación al trabajo, a raíz de una patología, es evidente y notoria, en especial cuando se trata de menoscabos psicoorgánicos mayores, por lo que huelga un análisis profundo. Por el contrario, son las situaciones de obstáculos menores o en los que no se observa severidad que llame la atención, los que han de ser fuente de especial preocupación para el médico del trabajo.
De esta forma, como cuestión ergonómica para el problema que se viene hablando, se ha de entender el comportamiento en particular del sujeto en la realidad y trascendencia de su lesión, frente a la carga externa que impone el trabajo que en concreto venía realizando (u otros que pudiera realizar).
Esto es, la capacidad de respuesta ante el efecto biológico de la carga externa, lo que lleva a establecer el binomio lesión-tarea, o, más acertadamente, particularizando para el binomio lesión-actividad. En un orden práctico y funcional, habrá que averiguar el resultado de la incidencia de ambos factores en su actuación conjunta, cosa que lleva a desembocar en el nivel de carga interna (astreinte) resultante de tal interacción.
Conviene, dentro de este contexto, recordar el esquema propuesto pro CAZAMIAN (5)
asimilación -------------------------- > COMPORTAMIENTO SITUACION <--------------------------- acomodación
La nueva situación determinada por este binomio LESION-TAREA obliga a pensar, al menos en principio, en un disfunción del sistema de trabajo, determinando que cierta parte de la enegía que potencialmente podría disponer la máquina humana no se puede transformar en trabajo, debido precisamente al grado de desorden del sistema (entropía), desorden introducido por la confluencia del referido binomio lesión-tarea en el sistema-proceso de trabajo. Dicha entropía aumentará en atención a la carga externa y a la severidad del menoscabo funcional, lo que representa como sigue:
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LESION-TAREA
I
Desaprovechamiento energético para la producción de trabajo I Desorden en el sistema-proceso de trabajoI ENTROPIA
En resumen, quiere esto decir que la lesión a partir de un orden clínico inicial ha de estar sometida a un proceso interpretativo, a un “iter” de etapas sucesivas, con una aplicación en este caso particular, buscando un acercamiento a las repercusiones que el binomio lesión-tarea tiene sobre el sistema de trabajo. En esta línea se propone estudiar:
Llegando a conocer el nivel de respuestas en la interacción lesión-tarea, y sabiendo previamente los niveles de exigencias (función-trabajo, configurados de acuerdo con el rango de la función), tales resultados podrán ser llevados a un diagrama que permitirá establecer el grado de adecuación/inadecuación de una forma gráfica, con valor orientativo con el fin de emitir el médico un juicio diagnóstico sobre la cuestión planteada.
Cuestión ergonómica: niveles de respuesta (lesión-actividad)
Pte.- Edad:
Actividad laboral:
_____________________________________________________________________________________ FACTORES DE CONFIGURACIÓN RANGO DE LA FUNCION PERTURBADANiveles de exigencia (**): Función-Trabajo
0 1 2 3 4 5Factores Preliminares
Alternancia (A)
Importancia (I)
Especificidad (E)
Duración (D)
Frecuencia (F)
Seguridad (S)
Competencias selectivas
Fuerza y energía
Velocidad de acción
Resistencia
Coordinación de movimientos
Habilidad y destreza
Capacidad de reacción ante el peligro
Otras, ... _____________________________________________________________________________________ Niveles de Respuesta (*): Lesión-actividad
0 1 2 3 4 5_____________________________________________________________________
Valoración médica de la aptitud laboral: APTO / NO APTOLugar, fecha y firma
Observaciones.-
Junto a lo señalado, adviértase que hay casos en los que la incapacidad laboral viene dada no porque la establecida la relación LESIÓN-TAREA, la ejecución del trabajo, sustativamente examinada, no pueda ejecutarse, sino porque el legislador ha adoptado un criterio eminentemente preventivo, tanto que ante la existencias de determinadas lesiones se debe plantear la inaptitud del operario que las padece, o, si se quiere, su no continuidad por motivos de salud, para ese determinado trabajo. Así, la HIPOACUSOA PROFESIONAL en un chapista del sector del automóvil, no impide materialmente que ese trabajador desempeñe su actividad, incluso de forma muy eficaz. No obstante, son los aludidos criterios de índole prevencionista los que han llevado a que en la norma se contemple la que ese operario, cumplidos determinados criterios audiométricos, sea apartado definitivamente de su puesto de trabajo. Claro que, en materia de Hipoacusia Profesional, otra cosa muy distinta, es el acatamiento de la Ley en la práctica por quienes han de cumplirla y aplicarla, comprobándose resoluciones que constituyen un verdadero escándalo.
4.- CONCLUSIONES
Ultimado el análisis precedente, se podrá terminar, a modo de conclusiones, con el siguiente juicio diagnóstico:
(continuará)
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(5) esta situación, atendiendo a lo dispuesto en la Legislación Española de la Seguridad Social, en su criterio “gradualista”, se corresponde con una “Incapacidad Permanente Total”; no obstante esta formulación, de naturaleza jurídica, nunca de hacerla el médico, el cual únicamente ha de apreciar la restricción del paciente, siempre desde la perspectiva que les es propia, la de los hechos.
© Miguel Rodríguez Jouvencel mayo 2003
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